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No es correcta la comprobación de valores por el método de tasación hipotecaria.
En la Comunidad Valenciana es bastante frecuente que la Generalitat Valenciana realice liquidaciones complementarias en relación a la adquisición de inmuebles en escrituras de compra, herencias, donaciones y también en declaraciones de obra nueva por promotores de edificaciones. Las comprobaciones de valores se han venido realizando por la Generalitat Valenciana utilizando diversos métodos, como el de dictamen pericial, el de coeficientes multiplicadores sobre valores catastrales, el de precios medios de mercado y el de tasación hipotecaria cuando se ha firmado un préstamo. En relación a este último método utilizando la tasación hipotecaria realizada por el Banco cuando se concedía un préstamo al mismo tiempo que la adquisición del inmueble era el más difícil de ganar en los Tribunal Económico-administrativo Regionales en los últimos años. Por ello, nuestro despacho interpuso varios recursos contencioso-administrativos ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana contra las Resoluciones del TEAR que confirmaban la liquidación efectuada por la Generalitat Valenciana. Nos acaba de llegar sentencia de 5 de julio de 2019 número 1140/2019 de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana estimando uno de nuestros primeros recursos y anulando la liquidación complementaria realizada al cliente. El Tribunal Superior de Justicia en esencia razona que el valor a efectos de tasación hipotecaria no refleja el valor real del inmueble a efectos del impuesto sobre transmisiones patrimoniales. El valor de tasación consignado en el préstamo hipotecario es un valor con otra finalidad distinta para cumplir la legislación hipotecaria, para un negocio jurídico distinto de la compra como es el de préstamo y además viene impuesta la tasación por una empresa elegida por el Banco. Conclusión: este método de tasación hipotecaria que se está usando de forma automática no solo por la Generalitat Valenciana sino también por otras comunidades autónomas no es ajustado a derecho y deben recurrirse todas las liquidaciones que se reciban aplicando el mismo fundamentándolas adecuadamente. Las liquidaciones que no se hubieran recurrido en su día son firmes y no se puede reclamar ahora la devolución. ¿Qué va a pasar a partir de ahora? La Generalitat Valenciana, a través de la ahora denominada Agencia Tributaria Valencia va a seguir realizando procedimientos de comprobación de valores utilizando alguno de los medios de comprobación previstos en el artículo 57 de la Ley General Tributaria. Nuestro despacho Nogueroles asesores & abogados está desde hace más de 29 años especializado en la impugnación de este tipo de liquidaciones complementarias en procedimientos de comprobación de valores, con resultados bastante satisfactorios y con un más que elevado porcentaje de anulaciones. Las comprobaciones de valores por coeficientes multiplicadores sobre el valor catastral ya fueron anuladas en su día, siendo que ahora tras esta sentencia que anula el sistema de tasaciones hipotecarias, entendemos que si bien se pueden seguir realizando comprobaciones por este sistema de tasación, se reforzará por la Agencia Tributaria Valenciana el sistema de comprobación por el medio de dictamen de peritos de la Administración. Por este método de dictamen pericial, nuestro despacho históricamente ha venido ganando bien ante el TEAR o ante el Tribunal Superior de Justicia los recursos planteados y anulado las liquidaciones. Por tanto, si se recibe una liquidación complementaria aplicando el método de dictamen pericial debe ser recurrido, si bien hoy día precisa de un análisis de cada caso concreto para comprobar las circunstancias en que se ha llevado a cabo el dictamen, si ha existido visita o no al inmueble y los parámetros utilizados en la valoración. Quedamos a su disposición bien a través de correo electrónico a la dirección info@nogueroles.com o mediante visita personal en nuestro despacho para resolver sus dudas. Vicente Nogueroles González Abogado. Miembro de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) Director Nogueroles asesores & abogados
Publicada el 25 Jul 2019
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